¿Puedo pagar en efectivo el alquiler con la nueva ley de la vivienda?

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU)  ha manifestado que la Ley de la vivienda ( 2023)  a pesar de llegar como una Ley de carácter social para controlar las relaciones contractuales entre inquilinos y propietarios, en lo referente  a los pagos del alquiler, establece medidas que resultan "discriminatorias".

La OCU manifiesta que la Ley de la vivienda prohíbe efectuar el pago del alquiler con dinero en metálico, lo cual para los consumidores puede resultar una  medida "discriminatoria" y "atenta de pleno contra la libertad de elección del consumidor" y detalla que esta  Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, que utiliza su Disposición final primera, como técnica legislativa que favorece cierta oscuridad, para modificar el artículo 17 de la Ley de Arrendamientos Urbanos a fin de obligar al pago de la renta a través de "medios electrónicos", de manera excepcional, permite el pago en metálico, cuando alguna de las partes carezca de cuenta bancaria o acceso a los citados medios electrónicos de pago.

Controversia entre la nueva Ley de la Vivienda y los consumidores (OCU)

La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios modificó el año pasado su artículo 47, para contemplar como infracción la "negativa a aceptar el pago en efectivo como medio de pago dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención y lucha contra el fraude fiscal Según la OCU las modificaciones en la Ley de la vivienda a este respecto entran en claro conflicto con lo citado.

Asimismo, también entraría en conflicto con el Código Civil que permite en su artículo 1170 el pago de las deudas con la moneda de curso legal, así como el Tratado Fundacional de la Unión Europea, que establece que la moneda de curso legal de todos los Estados miembros es el euro, y como tal lleva implícita su capacidad para satisfacer deudas.

"La normativa atenta contra la libertad del consumidor"

Para la OCU, esta normativa de la Ley de la vivienda que supuestamente  aboga a la protección, la accesibilidad y la no discriminación, "atenta de pleno contra la libertad de elección del consumidor", no habiendo razones de interés público que justifiquen la misma, pues el efectivo tiene una inmediatez y disponibilidad de la que no goza la tecnología, frente a cortes del sistema eléctrico o telefónico-datos, o los fallos de las propias plataformas y sistemas de pagos, y está menos expuesto a las estafas digitales como el phishing.

Según la entidad de los consumidores, esta medida discrimina a las personas en una situación más vulnerable y con menor capacidad digital, por lo que OCU ha advertido que podría discriminar a 1.400.000 personas que se encuentran en riesgo de exclusión financiera.

El dinero metálico sigue a la cabeza en las formas de pago

Un estudio del Banco de España revela que el 82% de la población española está en contra de la desaparición del dinero en metálico que, de hecho, sigue siendo el medio de pago más utilizado en nuestro país (99%), seguido de las tarjetas de crédito/débito (86%). La OCU  comenta que el efectivo es el medio que goza de "mayor aceptación entre la población" y además  favorece la "inclusión financiera" de todos los consumidores, facilitando  un mayor control del gasto familiar y permitiendo no incurrir en gastos de mantenimiento de las cuentas corrientes, comisiones, etc.

Más info: https://www.inmonews.es/pagar-efectivo-alquiler-nueva-ley-vivienda/